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LIST OF FREQUENTLY ASKED QUESTIONS
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- Dear Sir/Madam,
The information about CE marking process can be find in the Annex ZA of the product Standards (i.e. EN 438-7). The necesssary tests (essential characteristics) appear in the table ZA.1, and the procedures for the attestation of conformity in the table ZA.2.
It is necessary to choose an attestation of conformity system (1, 3 y 4) taking into account the intended used use of the product (this use must be defined by the manufacturer), the level/class which is going to be declared and as more important, if some component to improve the fire classification has been added during the manufacturing of the product.
So, if in the production process results some component has been added improving the the reaction to fire classification, it requires the system 1. In this system there are some tasks assigned to the manufacturer and other tasks assigned to the certification body (for example an initial inspection of factory.
If not, the product can be certificate according system 3, so it requires a control of production by the manufacturer and some initial test typing. If this is your case, AFITI can help you performing the fire test required.
- SI.
La Directiva de los Productos de la Construcción (DPC 89/106/CE) establece que los hidrantes contra incendios deben tener Marcado CE por el Sistema 1. Esto quiere decir que un Organismo de Certificación notificado a la Comisión Europea, independientemente de su origen, debe certificar el producto conforme a la norma armonizada que le corresponda.
- NO.
Son las BIE´s las que deben tener Marcado CE, por exigencia de la Directiva de los Productos de la Construcción (DPC 89/106/CE). Para que una BIE tenga Marcado CE debe estar equipada con una manguera conforme a la norma que le corresponda, pero es la BIE en su conjunto la que debe tener el Marcado CE.
- La reciente modificación del CTE bajando la exigencia de estos conductos a la clasificación del E300 60, no supone de ninguna forma la invalidación de los ensayos y clasificaciones previamente obtenidos por muchos fabricantes (E600 120) dado que supone un plus de seguridad al mantener sus prestaciones durante más tiempo a más alta temperatura.
- Cualquier material utilizado como falso techo tiene una doble función, primeramente es el techo del recinto donde va situado y, además, es el suelo del recinto que queda por encima de él, por lo tanto, a dicho material se le deberán realizar los ensayos de reacción al fuego de paredes y techos y además ensayos de reacción al fuego para suelos, obteniendo dos tipos de clasificación distinta, que deberán, de manera independiente, satisfacer los requisitos exigidos por el CTE para la situación específica donde se encuentre el elemento.
- NO.
El Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI, R.D. 1942/1993) exige que los extintores portátiles de incendio tengan marca de conformidad a normas emitido por un Organismo de Certificación conforme al R.D. 2200/1995, esto quiere decir que el Organismo de Certificación debe estar acreditado como tal por ENAC. Si la marca de conformidad del extintor está emitida por un Organismo de Certificación francés no acreditado por ENAC, aunque sí esté acreditado por una Entidad de Acreditación firmante del Acuerdo Multilateral de Reconocimiento Mutuo establecido por la EA (European Cooperation for Accreditation), no es suficiente para dar cumplimiento al Reglamento y; por tanto, no puede introducirse en el mercado español.
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